En el Marco de Jerez, el término "bodega" se aplica no solamente a los edificios que albergan los vinos durante su elaboración y crianza, sino también a las compañías dedicadas a esta actividad. Dependiendo de la fase del proceso de elaboración y crianza de los vinos en la que intervengan, las distintas compañías bodegueras inscritas en la Denominación de Origen quedan encuadradas en distintos registros oficiales del Consejo Regulador.

Además, existe también un registro para las llamadas "Bodegas de Elaboración"; en el mismo han de inscribirse cada año las instalaciones dedicadas a lagares o plantas de molturación, en las que, durante la vendimia, se realiza la trasformación de la uva en el vino base. Por la propia naturaleza del proceso, las bodegas de elaboración son instalaciones cuya actividad se concentra fundamentalmente durante unos meses al año.

Con frecuencia se trata de plantas de vinificación pertenecientes a bodegas que a su vez se encuentran inscritas en los registros de crianza o de producción. En otras ocasiones, son lagares independientes, que venden el vino base a las bodegas.

Crianza y Expedición

Las Bodegas de Crianza y Expedición deben estar necesariamente situadas en las localidades de Jerez de la Frontera, El Puerto de Santa María y Sanlúcar de Barrameda, es decir, en la llamada “Zona de Crianza”.

Son bodegas que cumplen con los requisitos establecidos por el Reglamento para la crianza de Vinos amparados, así como para su comercialización, por lo que pueden vender vinos embotellados protegidos por las Denominaciones de Origen. 

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Crianza y Almacenado

Las firmas bodegueras inscritas en el Registro de Bodegas de Crianza y Almacenado -comúnmente denominadas "almacenistas"- deben estar igualmente ubicadas en la Zona de Crianza, es decir, en las localidades de Jerez de la Frontera, El Puerto de Santa María o Sanlúcar de Barrameda y deben de cumplir los requisitos establecidos por el Reglamento de la Denominación de Origen para la crianza de Vinos amparados. Los vinos comercializados por estas bodegas tendrán siempre como destino otras bodegas de crianza y expedición, las cuales los utilizan para introducirlos en sus propios sistemas de envejecimiento o bien para incluirlos en los cabeceos finales (blends) de sus marcas comerciales.

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Bodegas de Producción

Los municipios de la Zona de Producción no incluidos en la Zona de Crianza conforman una parte sustancial de la Denominación de Origen. Además de la importancia del viñedo inscrito situado en estos términos municipales, en los mismos se ubican igualmente un cierto número de lagares o Bodegas de Elaboración, así como las llamadas "Bodegas de Producción", dedicadas a la obtención de vinos aptos para ser criados y envejecidos posteriormente en las bodegas de la Zona de Crianza.

Además de este importante eslabón en la cadena productiva de los vinos amparados por las Denominaciones de Origen, estas bodegas pueden dedicarse igualmente a la comercialización directa de sus vinos. Dichos vinos se encuentran acogidos a la protección que proporciona nuestro Reglamento, de modo que tienen el derecho exclusivo a la utilización de los nombres de las respectivas poblaciones en la comercialización de los vinos, siendo el Consejo Regulador el encargado de velar por tal derechos.

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